El Sistema Fiscal Marroqui

El sistema fiscal marroquí consta de cuatro tipos de impuestos: Impuesto directo, indirecto, derechos arancelarios y derechos de propiedad y de timbre.   

Los componentes del sistema:

Impuestos Directos:

  1. El Impuesto sobre sociedades, instituido en 1977, en sustitución del impuesto sobre los beneficios profesionales. 
  2. El impuesto general sobre la renta: afecta a las rentas salariales, bienes raíces, a profesionales y a capital mobiliario de personas. Este impuesto abarca, en lo sucesivo, en derecho constante, a personas físicas, o morales. Desde el 2001, este tipo de impuesto incluye las ganancias inmobiliarias y los productos del capital mobiliario. 

Los impuestos indirectos:

  1. El impuesto al valor agregado (I.V.A) que concierne las operaciones comerciales, industriales, artesanales, prestaciones de servicios, así como las actividades de las profesiones liberales y las operaciones de importación. 
  2. El I.V.A se aplica al comercio en mayoreo y menudeo, cada vez que la cifra de las transacciones anuales realizadas rebase los 2 millones de dirhams. A las actividades agrícolas son exentas del I.V.A.
  3. El I.S.C (Impuesto sobre consumo) incluye ciertos productos que se consumen a gran escala, principalmente el tabaco y los productos energéticos. 

El Impuesto al Valor Agregado:

Ciertas actividades y servicios están exentas del IVA, tales como el sector agrícola y los productos básicos. Lo mismo se aplica para los comerciantes cuyo volumen de negocios no rebase la cantidad de 2 millones de dirhams, así como para las demás profesiones cuyo volumen de negocios es inferior a los 180 mil dirhams por año.

A la construcción de viviendas económicas tampoco se le aplica el I.V.A. De igual modo y bajo ciertas condiciones, las empresas exportadoras se benefician de la suspensión del I.V.A.

La tasa normal del I.V.A es del 20%. Las tasas reducidas al 14%, 10% y 7% abarcan respectivamente el sector inmobiliario, la actividad turística y los productos básicos, (alimentos, agua, electricidad, medicamentos...).

Las cuotas de los derechos arancelarios de importación varían según la naturaleza del producto que se importe, es decir, en un 2.5%, 10%, 17%, 35% y 50%. 

 

Derechos Arancelarios:

El derecho arancelario se aplica a las importaciones. Hasta Julio del 2000, este derecho se divide en derechos de importación y en retención fiscal sobre las importaciones. Desde esta fecha, correspondiendo a una preocupación respecto a la cohesión del sistema tributario, los derechos arancelarios se reducen a un derecho único de importación. Instituido en 1988, en sustitución de la tasa especial a la importación, la retención fiscal sobre las importaciones era 12,5% que aumentó a 15%, en 1994, a raíz de la adopción de la Carta de inversiones.

Las Tasas Fiscales:

Desde finales de la década de los setenta, se concedieron disminuciones a nivel de los tributos fiscales. Éstas se compensaron por la ampliación de una base tributaria. Exenciones significativas han sido concedidas a ciertas regiones desfavorecidas, principalmente aquellas del Norte y a ciertos sectores de actividades, las proveedoras de divisas, entre otras. 

  • La tasa del impuesto sobre sociedades se fijó en 35 %. Es de 39.6% para las instituciones de crédito, como bancos y compañías de seguro. Si a las sociedades que operan en el sector agrícola se les exonerara de impuestos hasta el año 2010, las empresas que exportan productos y servicios se benefician de la exención total de impuestos durante un periodo de cinco años, respecto al volumen de negocios de exportaciones, seguido de la reducción del 50 % más allá de este periodo.
  • Las empresas hoteleras (creadas después del 30 de Junio del 2000) benefician de la misma exoneración, respecto al debido al volumen de negocios realizado en divisas. 

  • La tasa marginal del ISR (impuesto sobre la renta) es del 44%. Ésta se aplica a partir de un ingreso anual superior a los 60.000 dirhams (alrededor de 6.000 dólares); el umbral de impuesto está fijo en 18.000 dirhams (aproximadamente 1.800 dólares). Las sociedades que están sujetas al ISR se benefician de las mismas exenciones que las que tienen el impuesto sobre las sociedades.