4- El Reino de Marruecos participó con toda lealtad en la aplicación del Plan de Arreglo propuesto en 1991 por las Naciones Unidas para solucionar el conflicto sobre el Sahara.
5- Sin embargo, el carácter complejo y delicado del proceso de identificación, la voluntad deliberada de las otras partes de excluir unas componentes importantes de las tribus saharauís de este proceso, así como las divergencias fundamentales que caracterizaron las posiciones de las partes sobre aspectos importantes del Plan, llevaron al Secretario General de las Naciones Unidas y al Consejo de Seguridad a concluir a la inaplicabilidad del Plan de Arreglo.
6- Por ello, el Secretario General de las Naciones Unidas destacó en su informe del 17 de febrero de 2000 que “después de nueve años, no fue posible aplicar de manera integral ninguna disposición principal del Plan de Arreglo, a excepción de la aplicación del alto el fuego”, debido a “las divergencias fundamentales de puntos de vista entre las partes en cuanto al sentido que debía darse a las disposiciones principales del Plan”.
7- El Consejo de Seguridad, en base a las conclusiones sacadas de este hecho, recomendó, en su Resolución 1291 del 29 de febrero de 2000, al Secretario General de las Naciones Unidas “consultar a las partes y que, teniendo en cuenta los obstáculos existentes y posibles, explorar los medios para lograr una solución pronta, duradera y concertada de la controversia” con el fin de determinar “los derechos y obligaciones de las partes con respecto al Sahara occidental”. |